Ley de Imagen Urbana para el Estado de Hidalgo impulsa el desarrollo social del estado

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La Ley de Imagen Urbana para el Estado de Hidalgo, propuesta por el gobernador Julio Menchaca Salazar, tiene el objetivo de normar los elementos que procuren la recuperación, mantenimiento, preservación y desarrollo del espacio público en las zonas urbanas, periurbanas y rurales.

Lo anterior al promover la participación ciudadana y generar un sentido de pertenencia, así como un atractivo para visitantes y turistas.

En la elaboración de esta ley intervinieron especialistas en la materia, como la Comisión Nacional de Arquitectas, el Colegio de Arquitectos de Hidalgo A.C., el Colegio de Ingenieros Arquitectos del Estado de Hidalgo A. C., el Colegio Metropolitano de Arquitectos del Estado de Hidalgo A. C; la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción A. C., el Colegio de Ingenieros Hidalguenses A. C., así como el Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Hidalgo A. C.

Esta ley abona a conservar parques y jardines, plazas públicas, camellones y glorietas, tramos de vías de comunicación de competencia estatal y municipal, accesos principales hacia las cabeceras municipales, edificios y monumentos de carácter público, entre otros.

Contempla los criterios que deberán considerar las autoridades competentes para emitir permisos, licencias y autorizaciones que impliquen una intervención que modifique o altere cualquier aspecto de la imagen urbana.

Esta ley obliga a los ayuntamientos a elaborar un Programa de Infraestructura Verde, que establezca objetivos, estrategias y líneas de acción para la creación y protección de las áreas verdes que coadyuven con la mitigación del cambio climático.

Contempla también, las reglas sobre la colocación y mantenimiento de nomenclatura, la señalización en calles, ubicación de biciestacionamientos, diseño de paraderos, distribución y regulación de anuncios.

Asimismo, prohíbe el abandono de vehículos chatarra, logotipos institucionales, depósito de residuos sólidos o elementos que obstruyan el libre tránsito peatonal y vehicular.

Impide la colocación de elementos que tenga por objeto apartar el uso de espacios públicos para estacionar vehículos y limita la colocación de propaganda o publicidad.

Esta ley vela por el respeto a los derechos humanos e impulsa el desarrollo económico y social del Estado, así como la convivencia de la sociedad.


La Ley de Imagen Urbana para el Estado de Hidalgo, propuesta por el gobernador Julio Menchaca Salazar, tiene el objetivo de normar los elementos que procuren la recuperación, mantenimiento, preservación y desarrollo del espacio público en las zonas urbanas, periurbanas y rurales.

Lo anterior al promover la participación ciudadana y generar un sentido de pertenencia, así como un atractivo para visitantes y turistas.

En la elaboración de esta ley intervinieron especialistas en la materia, como la Comisión Nacional de Arquitectas, el Colegio de Arquitectos de Hidalgo A.C., el Colegio de Ingenieros Arquitectos del Estado de Hidalgo A. C., el Colegio Metropolitano de Arquitectos del Estado de Hidalgo A. C; la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción A. C., el Colegio de Ingenieros Hidalguenses A. C., así como el Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Hidalgo A. C.

Esta ley abona a conservar parques y jardines, plazas públicas, camellones y glorietas, tramos de vías de comunicación de competencia estatal y municipal, accesos principales hacia las cabeceras municipales, edificios y monumentos de carácter público, entre otros.

Contempla los criterios que deberán considerar las autoridades competentes para emitir permisos, licencias y autorizaciones que impliquen una intervención que modifique o altere cualquier aspecto de la imagen urbana.

Esta ley obliga a los ayuntamientos a elaborar un Programa de Infraestructura Verde, que establezca objetivos, estrategias y líneas de acción para la creación y protección de las áreas verdes que coadyuven con la mitigación del cambio climático.

Contempla también, las reglas sobre la colocación y mantenimiento de nomenclatura, la señalización en calles, ubicación de biciestacionamientos, diseño de paraderos, distribución y regulación de anuncios.

Asimismo, prohíbe el abandono de vehículos chatarra, logotipos institucionales, depósito de residuos sólidos o elementos que obstruyan el libre tránsito peatonal y vehicular.

Impide la colocación de elementos que tenga por objeto apartar el uso de espacios públicos para estacionar vehículos y limita la colocación de propaganda o publicidad.

Esta ley vela por el respeto a los derechos humanos e impulsa el desarrollo económico y social del Estado, así como la convivencia de la sociedad.

La Ley de Imagen Urbana para el Estado de Hidalgo, propuesta por el gobernador Julio Menchaca Salazar, tiene el objetivo de normar los elementos que procuren la recuperación, mantenimiento, preservación y desarrollo del espacio público en las zonas urbanas, periurbanas y rurales.

Lo anterior al promover la participación ciudadana y generar un sentido de pertenencia, así como un atractivo para visitantes y turistas.

En la elaboración de esta ley intervinieron especialistas en la materia, como la Comisión Nacional de Arquitectas, el Colegio de Arquitectos de Hidalgo A.C., el Colegio de Ingenieros Arquitectos del Estado de Hidalgo A. C., el Colegio Metropolitano de Arquitectos del Estado de Hidalgo A. C; la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción A. C., el Colegio de Ingenieros Hidalguenses A. C., así como el Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Hidalgo A. C.

Esta ley abona a conservar parques y jardines, plazas públicas, camellones y glorietas, tramos de vías de comunicación de competencia estatal y municipal, accesos principales hacia las cabeceras municipales, edificios y monumentos de carácter público, entre otros.

Contempla los criterios que deberán considerar las autoridades competentes para emitir permisos, licencias y autorizaciones que impliquen una intervención que modifique o altere cualquier aspecto de la imagen urbana.

Esta ley obliga a los ayuntamientos a elaborar un Programa de Infraestructura Verde, que establezca objetivos, estrategias y líneas de acción para la creación y protección de las áreas verdes que coadyuven con la mitigación del cambio climático.

Contempla también, las reglas sobre la colocación y mantenimiento de nomenclatura, la señalización en calles, ubicación de biciestacionamientos, diseño de paraderos, distribución y regulación de anuncios.

Asimismo, prohíbe el abandono de vehículos chatarra, logotipos institucionales, depósito de residuos sólidos o elementos que obstruyan el libre tránsito peatonal y vehicular.

Impide la colocación de elementos que tenga por objeto apartar el uso de espacios públicos para estacionar vehículos y limita la colocación de propaganda o publicidad.

Esta ley vela por el respeto a los derechos humanos e impulsa el desarrollo económico y social del Estado, así como la convivencia de la sociedad.