LO QUE SIEMPRE (O NUNCA) QUISISTE SABER ACERCA DE LA PENSIÓN ALIMENTARIA

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En México, se estima que 67.5 por ciento de las madres solteras no reciben pensión alimenticia.

La pensión alimenticia es el pago obligatorio, en muchos casos por orden del juez, que un padre o tutor debe hacer al otro padre o tutor de sus hijos por concepto de alimentación y manutención básicos.

Recientes reformas a las leyes familiares han abierto las posibilidades de que madres e hijos reciban el pago correspondiente que se establece en forma obligatoria a los padres cuando la pareja se ha disuelto.

La pena por no pagar la pensión es de 3 a 5 años de prisión y de 100 a 400 días de multa, además de la suspensión o pérdida de los derechos de familia.

Aunque los padres de familia vayan a la cárcel, deben saldar el adeudo de la pensión alimenticia para sus hijos.

Por lo regular, se mantiene el derecho a la pensión alimenticia hasta que las hijas o hijos cumplan 18 años. En caso de estar cursando una carrera universitaria, podrían recibirla hasta cumplir los 21 años.

Quienes tienen derecho a pedir una pensión alimenticia son: quien ejerce la patria potestad, quien tenga bajo su guarda al que necesita alimentos, quien sea tutora o tutor, las y los hermanos y demás parientes colaterales hasta el cuarto grado, y el ministerio público.

Si buscas iniciar una demanda de pensión alimenticia debes saber que la demanda se presenta ante un juzgado familiar que normalmente se encuentran en la sede o subsedes de los Tribunales de Justicia.

Los requisitos son: actas de nacimiento de sus hijas o hijos, acta de matrimonio, las necesidades de las o los hijos: a través de una lista con sus gastos de alimentación, educación, recreación, vivienda, salud, vestuario, movilización, luz, agua, gas, teléfono, entre otros.

La capacidad económica y patrimonial del demandado se establece mediante liquidaciones de sueldo, declaración de impuesto a la renta, boletas de honorarios y antecedentes de su patrimonio.

Es importante destacar que, si se llega a ocultar las fuentes de ingreso o se presentan antecedentes falsos, habrá sanciones administrativas y penales.

Cuando no hay forma de corroborar los ingresos fijos del padre se hace a través de una cantidad determinada de “salarios mínimos”.

En caso de existir y poder sustentar la existencia de un sueldo fijo, se establece un porcentaje que se retiene vía nómina.

En promedio se establece un 15% del sueldo total que se retiene por cada uno de las y los hijos.

La pensión alimenticia puede suspenderse cuando el que deba dar alimentos no tenga medios para cumplir con su obligación, el que recibe alimentos deje de necesitarlos (muerte, matrimonio u obtener empleo).

También cuando el que recibe alimentos, siendo mayor de edad, ejerza sobre el que le proporciona alimentos actos de violencia familiar o injurias, el que recibe la pensión alimenticia deje de estudiar o tenga algún vicio o cuando el que recibe alimentos abandone la casa del acreedor alimentista sin causa justificada.

Estamos seguros de que esta información te será útil. Si eres mujer, para que conozcas tus derechos. Si eres hombre, para que lo pienses dos veces antes seducirla o antes de evadirte cuando ella de diga: “estoy embarazada”.

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